ENFERMERIA BASICA

Bienvenidos al Blog de Enfermería Básica!
Este espacio virtual nos mantendrá informados durante la cursada de la materia. En él encontrarán las condiciones de cursada de E.B, además de información sobre las clases, material de apoyo, etc. Esperamos les sirva y sea fuente de comunicación.

LEYES DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ENFERMERIA


El ejercicio profesional es una tarea  altamente especializada, con un elevado contenido de entrenamiento en la toma de decisiones, capacitación y conocimientos de alto nivel y densidad.  
Entre las atribuciones distintivas de las profesiones la autonomia, la responsabilidad y el prestigio son de las mas preciadas.

Dentro del equipo de salud, los recursos humanos de enfermería constituyen un importante capital humano, como factor decisivo en la producción de transformaciones hacia mejores servicios que respondan a las necesidades de la población.
La escasez, criticidad y heterogeneidad  del personal de enfermería establecen la priorización de la formación profesional de manera “eficaz, e intensiva y conducente través de un modelo formativo de régimen a tiempo completo" son conceptos expuestos en el Proyecto del de Desarrollo de la Enfermería del año 2008.
Esta  no es una situación privativa de la República Argentina, si no también de la mayoría de los países del mundo, de manera que grandes organismos de financiamiento como lo es el Banco Mundial, subvencionan distintas estrategias locales para revertir o mejorar la atención de salud.
El ejercicio de la Profesión Enfermera se lleva a cabo con plena autonomía técnica y científica, sin más limitaciones que las establecidas por la Ley y por los demás principios y valores contenidos en el ordenamiento jurídico y deontológico.
Las leyes presentadas en esta unidad son la LEY NACIONAL DE EJERCICIO DE LA PROFESIÓN: LEY 24.004; LA LEY DE EJERCICIO PROFESIONAL DE LA GCBA 298 Y LA LEY DE EJERCICION PROFESIONAL 12.245 DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. 

Se describen en capítulos los derechos y deberes y, como todas las leyes de cumplimiento obligatorio, contienen un capítulo de sanciones donde se establecen aquellas que contribuyan a los propósitos y políticas contenidas en todo el articulado y en particular, aquellas disposiciones que den seguridad a la sociedad y a los usuarios sobre la autenticidad del los profesionales
 Estas leyes regulan para los enfermeros  las funciones en los ámbitos asistencial, investigación, docente, de gestión clínica, de prevención y de información y educación sanitaria. A nivel colectivo está habilitado para participar activamente en asociaciones profesionales, gremios, proyectos de todos los niveles estatales que puedan beneficiar la salud y el bienestar de las personas ya sea en situaciones de salud y/o enfermedad, especialmente en el campo de la prevención de enfermedades, de la educación sanitaria, de la investigación y del intercambio de información con otros profesionales y con las autoridades sanitarias, para mejor garantía de dichas finalidades.



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Link muy interesante para ver!

7 comentarios: